No siempre es fácil diferenciar entre una venta atada o la venta conjunta que implica la compra de un paquete de productos. De hecho, nuestra legislación regula esta modalidad, porque podría convertirse en una práctica no competitiva. En la Ley de Protección al Consumidor hay una serie de modificaciones que tratan este asunto.
¿Qué es la venta atada?
La venta atada es una estrategia que emplean algunas empresas para vender un producto a través del otro. En la mayoría de los casos, esta propuesta se relaciona con el bien que se ha adquirido, sin embargo, hay opciones que nada tienen que ver con la venta inicial.
En líneas generales, se define como la transacción para adquirir un bien o servicio donde se exige la contratación de otro producto o servicio. Lo más normal es la oferta de alguno de estos con un descuento adicional. Tanto si la venta es B2B o se realiza a un particular, en ambos casos, se verán forzados a comprar los productos o contratar los servicios atados.
Beneficios de venta atada
La venta atada es mucho más habitual de lo que pensamos dentro de una asesoría comercial y de ventas. Este tipo de contratación condicionada a otro tipo de producto o servicio, en algunos casos, también podría beneficiar al cliente final si se le oferta un mejor precio.
Si se ofrece equilibrio y bienestar a los consumidores, este incentivo puede ser beneficioso. Hay clientes dispuestos a pagar algo más si los productos o servicios adicionales son funcionales y les ofrecen ventajas. Por lo tanto, este tipo de empaquetamiento adicional no siempre es negativo si sigue el esquema regulatorio vigente.
¿Cuándo es habitual la venta atada?
Hay empresas que deciden aumentar el volumen de sus ventas y usan este tipo de modalidad para ello. Por ejemplo, si una compañía se dedica a la venta de impresoras, posiblemente, use esta técnica para vender o promocionar cartuchos de impresión. Este podría ser un condicionante para la compra de este producto.
La venta atada suele emplearse también en los servicios de telefonía. Este es el caso de algunas compañías que ofrecen internet y que también exigen al consumidor la contratación de la telefonía fija.
En definitiva, la polémica está servida en cuanto a las ventas atadas se refiere. Siempre y cuando la práctica sea correcta y no suponga un perjuicio para el cliente o empresas de la competencia, no habría problema alguno. No obstante, si afecta al mercado competidor y el resto de los negocios no pudieran sobrevivir, sí se considera una mala praxis.